El Tribunal de la UE anula la devolución de las viejas ayudas que apoyaron al naval asturiano

El TJUE considera que la medida de la Comisión Europea fue ordenada "sobre la base de una identificación errónea de los beneficiarios"

Astillero de Armón en Navia.

Astillero de Armón en Navia. / Miki López

Pablo Castaño

Pablo Castaño

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la Decisión de la Comisión Europea (CE) que ordenaba la recuperación íntegra de las ayudas del viejo sistema español de arrendamiento fiscal, el conocido como "Tax Lease" que apoyó al sector naval español y del que se beneficiaron astilleros asturianos como Armón y Gondán. El TJUE considera que la medida de la CE "fue ordenada sobre la base de una identificación errónea de los beneficiarios" puesto que finalmente, y tras las presiones desde España, solo se pedía la devolución de las ayudas a las agrupaciones de interés económico (AIE), en las que participaban importantes empresas españolas como Inditex, Telefónica, Naturgy o los principales bancos.

El sistema español de arrendamiento fiscal, que estuvo vigente hasta 2011, permitía a las empresas navieras obtener unos descuentos de entre un 20 y un 30% al adquirir buques construidos por astilleros españoles. El viejo sistema español proporcionaba ventajas fiscales a las agrupaciones de interés económico –y a los inversores que participaban en ellas– que financiaban las operaciones y que transferían posteriormente parte de lo obtenido con las ventajas fiscales a las empresas navieras que compraban buques nuevos.

Tras varias denuncias, la Comisión Europea –en la época en la que el español Joaquín Almunia era comisario de la Competencia– consideró que el "Tax Lease" constituía una ayuda estatal fuera del ordenamiento comunitario y se desató una larga batalla legal que ha tenido ahora un último episodio con el fallo del TJUE.

El Tribunal de Justicia ha anulado parcialmente la decisión de la CE. Considera, al igual que hizo anteriormente el Tribunal General de la UE, que el "Tax Lease" tenía un carácter selectivo incompatible con el mercado interior, pero ha anulado la orden de devolución de ayudas entre 2007 y 2011 porque los beneficiarios fueron "identificados de forma errónea". La CE exigía la devolución íntegra solo a los inversores que formaban parte de las agrupaciones de interés económico y el TJUE ha destacado que el sistema también beneficiaba a las empresas navieras.

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