Un gijonés condenado a 15 años de cárcel por violar a su hijastra, menor, durante un lustro

El Supremo avala el testimonio de la víctima y rechaza los recursos del acusado, que amenazaba a la niña con pegarle para evitar que hablase

Un juez.

Un juez. / Juan Plaza

Pablo Palomo

Pablo Palomo

El Tribunal Supremo acaba de zanjar el litigio judicial que una menor de edad gijonesa mantenía con su padrastro, un hombre de 46 años que la agredió sexualmente durante un lustro bajo graves amenazas para que no hablara sobre lo que padecía. La víctima comenzó a sufrir las violaciones cuando apenas tenías seis años, unos hechos que le generaron importantes secuelas psicológicas. Ahora, la Justicia ratifica los quince años de condena para este individuo (más una década de libertad vigilada y otros veinte años de inhabilitación para desempeñar cualquier trabajo u oficio que implique el contacto con menores) y el pago de una indemnización de 60.000 euros por los daños sufridos. Ya no cabe recurso alguno.

El gijonés procesado, con múltiples antecedentes de distinto tipo, mantenía una relación sentimental con una mujer que tenía dos hijos, un varón y la víctima de este proceso. En octubre de 2014, "con la finalidad de satisfacer su deseo sexual", comenzó a realizar tocamientos a la pequeña, que tenía seis años. Además, la forzaba a que le masturbase y le hiciese felaciones. Todo ocurría siempre cuando la madre de la niña no estaba en la vivienda, pero este hombre aprovechaba también cualquier momento para llevar a cabo estos actos: desde un coche hasta un trastero.

En todo momento, este individuo (condenados dos veces por delitos de lesiones en el ámbito familiar y cuatro veces por delitos de quebrantamiento de condena), amenazaba a la niña, diciéndole que le pegaría si contaba lo que le hacía, lo cual le producía a la pequeña un gran temor debido al carácter violento de su padrastro", señalan los jueces de la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias que le condenaron en primera instancia.

Las agresiones sexuales fueron en aumento con el paso de los años, llegando a consumar completamente las violaciones. De hecho, la primera vez que se produjeron, fue la niña la que lavó la ropa al ver la sangre para que su madre no lo viera, refleja la sentencia. Estos episodios solo se detuvieron durante un breve lapso de tiempo con motivo del ingreso en prisión del ahora condenado.

El delincuente resultó condenado a pesar de que negó los cargos. Varios testigos (de la familia del padre biológico de la niña, del colegio y del centro asistencial que la asistió después) coincidieron en revelar una misma versión que la pequeña compartía tras los abusos sexuales. Defendía este individuo en su recurso que la menor no acertaba a decir las fechas y el lugar donde las agresiones ocurrían, pero le recuerda el Tribunal Supremo que "es lógico y comprensible que las menores no guarden memoria precisa de la localización y fecha de cada una de las agresiones, por su edad, porque son acontecimientos que se insertan en su cotidianeidad y por el sufrimiento que les puede producir su recuerdo". Eso, insisten los jueces, no limita la veracidad de la acusación de esta menor.

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