Gijón, R. GARCÍA

Rafael P. E. ya puede respirar tranquilo. El magistrado titular del Juzgado de lo penal número 1 de Gijón, Lino Rubio, ha absuelto a este joven vecino de Colunga del delito de homicidio imprudente que le imputaba el fiscal como consecuencia del atropello mortal que tuvo lugar en abril de 2007 en Colunga. El representante del ministerio público pedía para el reo antes del juicio una condena de un año de cárcel, pero el juez ha optado finalmente por la libre absolución al carecer de pruebas claras que pudieran probar la imputación penal del joven.

El magistrado asegura en su sentencia que, tras el juicio, «no consta acreditado en términos que vayan más allá de las meras conjeturas, suposiciones o sospechas que el acusado hubiese cometido una imprudencia grave en la conducción del vehículo» en el momento del trágico suceso, alrededor de las diez y cuarto de la noche del 28 de abril de 2007. El accidente que tuvo como protagonista a Rafael P. E. se debió, como ya aseguraron los peritos judiciales en el acto de la vista oral del juicio, a la mala iluminación de la vía que transcurre por Colunga y a una imprudencia por parte del peatón atropellado, Fermín Granda Busta. Según el juez gijonés, la víctima del accidente «irrumpió en la calzada por un lugar no habilitado para ello». El magistrado mantiene que el conductor, que en ese momento viajaba con el coche de su padre, intentó frenar al percatarse de la presencia del peatón, pero no pudo hacer nada para evitar la colisión que luego causaría el fallecimiento de Fermín Granda Busta.

Tras el suceso, Rafael P. E. fue sometido a una prueba de alcoholemia que resultó negativa. Los testigos de los hechos que en ese momento se encontraban en el lugar del siniestro y los agentes de la Guardia Civil encargados de la investigación del caso aseguraron, además, que no circulaba a una velocidad superior a la permitida. Según el juez, no hubo siquiera la «distracción» que el fiscal imputaba al joven: «no existe ninguna distracción», asegura tajante el magistrado.

El juez impone, además, que queden sin efecto las medidas cautelares que se hubieran podido adoptar durante el período de instrucción del caso. Los familiares del fallecido tras el atropello no han presentado cargos en el juicio y ya han sido indemnizados por la aseguradora.