Las acusaciones cargan contra el banco en el cierre del juicio por la apropiación indebida de 5 millones en Cangas de Onís

"Hay una culpa ‘in vigilando’ de la entidad", concluye el fiscal, que solicita dos años para el acusado, el exdirector del Pastor Manuel Mori

El letrado Ignacio Álvarez-Buylla, junto al exbancario.

El letrado Ignacio Álvarez-Buylla, junto al exbancario. / L. A. V.

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

El juicio contra el exbancario Manuel Armando Mori, el exdirector del Banco Pastor de Cangas de Onís que montó una "banca paralela" que centrifugó cinco millones de euros, llegó este jueves a su fin y quedó visto para sentencia, después de que las acusaciones pidiesen mayoritariamente dos años de prisión para el acusado y la defensa, a cargo de Ignacio Álvarez-Buylla, solicitase una pena menor por un delito societario de administración desleal.

Las acusaciones cargaron contra el banco por no haber impedido los tejemanejes de Mori. El fiscal indicó que "es evidente la culpa ‘in vigilando’ del Banco Pastor". Y es que "en ninguna de las auditorías se descubrieron las irregularidades, pese a que eran ingentes las pruebas: había numerosas operaciones sin firma, multitud de contratos de fondos carecían de firma, el 66 por ciento, y eran continuas y múltiples las salidas de dinero de cuentas con escasa operativa". Es por este motivo por el que reclama que el banco pague 2,4 millones a los perjudicados, aunque también reclama que Mori resarza al banco, que ahora es el Santander, en 1,4 millones.

No obstante, el fiscal entiende que concurre, por un lado, la atenuante de reconocimiento de los hechos por parte de Mori, ya que "con carácter previo a la denuncia, había confesado la comisión de conductas ilícitas, y entregado una lista de beneficiados y perjudicados, lo que contribuyó a esclarecer la identidad de las personas perjudicadas y las cantidades". Por otro lado, considera que son evidentes las dilaciones indebidas. "La denuncia fue en el año 2012, el procedimiento abreviado es de 2017 y la calificación de 2019. Ha habido una paralización del proceso, la instrucción fue demasiado prolongada, se demoró en exceso".

En cuanto a la responsabilidad del Banco Santander, considera que al adquirir el Popular, que había absorbido previamente al Pastor, mantuvo sin solución de continuidad la actividad de las anteriores entidades, por lo que debe hacerse cargo de los actos cometidos por Mori en el ejercicio del cargo como director. Entiende, por otro lado, que hay un delito de apropiación indebida, y no de administración desleal, ya que se hizo con cantidades aprovechándose de la confianza de sus clientes y muchos no han recuperado su dinero.

Acciones civiles

El ministerio público expresó sus dudas sobre los reconocimiento de deuda suscritos por alguno de los "beneficiarios" de la "banca paralela" de Mori. Uno de ellos admitió que el bancario le había prestado 21.000 euros, pero que había devuelto 20.000 y solo debía 1.000, un reconocimiento de la deuda con fecha anterior al estallido del escándalo. Y añadió que la acción civil contra estos beneficiarios "no estaría prescrita". Se trataría de "partícipes a título lucrativo de las disposiciones graciosas" de Mori.

La acusación particular, ejercida por un grupo de afectados, bajo la dirección letrada de Carlos Moreno Rodríguez, indicó que los hechos pudieron ser en un primer momento un delito de administración desleal, pero el "punto de no retorno", en el que se pasa al delito de apropiación indebida, fue cuando ya fue imposible devolver las cantidades que había detraído.