El juez rechaza el recurso de los vecinos de Gascona a la celebración de la Preba de la Sidra
El juzgado de lo contencioso considera que los trastornos e incomodidades generados "son inherentes" como ocurre en muchos actos
El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Oviedo comunicó esta mañana a las partes la sentencia por la que desestima el recurso planteado por la representación legal de la Asociación de Vecinos de Gascona e Indalecio Prieto contra la autorización del Ayuntamiento para celebrar el pasado 20 de mayo la XIX Preba de la Sidra.
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El magistrado, Juan Carlos García López, entiende en su resolución, que la decisión municipal de celebrar la Preba se encontraba respaldada por los informes emitidos por los servicios municipales competentes, tanto el de Protección Civil como el de Salud Pública, Policía Local, Servicio de Extinción de Incendios y de Infraestructuras.
Asimismo considera que entraba dentro de las competencias municipales el considerar dicho Preba como una fiesta o evento de interés ciudadano a los efectos de la ordenanza reguladora de ocupación de espacios públicos.
En la sentencia se ha tomado en consideración que, si bien es indudable que pueden producirse ciertos trastornos e incomodidades a los vecinos de la zona durante la celebración del acto por la propia afluencia de personas y ciertas restricciones de accesos, ello es algo inherente a muchos otros actos que igualmente pueden celebrarse en una ciudad tales como la Cabalgata de Reyes, preubas deportivas, las propias fiestas locales, procesiones de Semana Santa etc..
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