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María Villanueva: “La nueva ley de discapacidad respeta la voluntad de los afectados”

La reforma de la legislación civil sustituye la figura del tutor legal de las personas con Down por la de guardador, explica la experta en derecho de familia

María Villanueva en la sede Down Asturias de Villafría

En el año 2006, la Convención de Naciones Unidas reconoció los derechos y libertades de las personas con discapacidad para poder participar de forma activa en la sociedad. Sin embargo, hasta 2021 España no reformó su legislación civil con la intención de dotar a este colectivo de capacidad para obrar. Y aún hoy, muchos desconocen cómo pueden aplicar en su vida cotidiana el mandato legal. Por eso, la Asociación Down Asturias, con motivo de la celebración el pasado 21 de marzo del Día Mundial del Síndrome de Down, invitó ayer a la abogada María Villanueva, experta en derecho de familia, a dar una charla.

“Gracias a la modificación en la ley de discapacidad las personas Down cuentan con herramientas para cumplir su voluntad”, afirmó la ponente. Villanueva explicó que los integrantes de este grupo son algunos de los más beneficiados, ya que a pesar de contar con habilidades suficientes para decidir como cualquier otro, el sistema jurídico les impedía llevar a cabo acciones tan básicas como contraer matrimonio o tener hijos sin un permiso específico.

Técnicamente es la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica; llevada a la práctica se resume en “considerar que tienen derecho a tomar decisiones incluso con trascendencia jurídica”, tal como ilustra Villanueva.

Los dos grandes cambios se basan en la defensa de la libertad de decisión del individuo, por encima de la supuesta protección de sus intereses; y la sustitución de la figura del tutor legal por un guardador o curador. Hasta el momento eran los tutores, jueces e instituciones quienes decidían en aras del bien de la persona con discapacidad cómo debía proceder en el ámbito civil, al considerarla incapaz. Ahora, lejos del sistema judicializado, se permite al implicado cumplir sus deseos y en caso de no poder gestionarlos, contará con esta figura de apoyo de manera puntual para poder hacerlos realidad.

“A nivel legislativo es un avance brutal”, aseguró la letrada, que también añadió que cada situación es un mundo y la jurisprudencia irá marcando el camino. Aclaró que hay variables, pero las modificaciones amplían el ámbito de actuación: “Si hablamos de un proceso patrimonial grande, como la venta de una casa, sí será necesaria la autorización judicial; pero no para alquilar un piso”. También se ha avanzado respecto a la patria potestad: a partir de los 18 años, una persona Down es declarada mayor de edad y responsable de su vida; otra cosa es que la figura del guardador sirva para asesorarle.

Son muchos los familiares que se encuentran perdidos ante este cambio o incluso desconocen su existencia. “Algunos se encuentran desorientados, no manejan los términos y se confunde el certificado de discapacidad –que es un documento administrativo– con las sentencias de incapacitación total o parcial”, cuenta Ana Luque, la gerente de la Asociación Down Asturias, sobre los motivos que les llevaron a organizar esta conferencia. Aunque queda mucho por recorrer, coinciden, el primer paso es que las personas cercanas y los propios interesados conozcan los nuevos límites, y así puedan trasladárselos a la sociedad.

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