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Claves de la propuesta

La jornada ordinaria en horario diurno será de 1.519 horas anuales. La de turno rotatorio, de un mínimo de 1.463 horas.

En el ámbito urbano se procederá a un proceso de reorganización y/o concentración de los puntos de atención continuada. A partir de las 20 horas en días laborables y durante las 24 horas en sábados, domingos y festivos, la atención continuada, urgencia y atención domiciliaria serán prestadas en estos dispositivos. La misma será realizada por los profesionales médicos o de enfermería de área y, en su caso, por el personal de los equipos.

Con objeto de reforzar la atención, en las áreas sanitarias III, IV , V, VII y VIII existirá una dotación de dos médicos de familia de área y dos ATS de área, con el objeto de atender la urgencia y atención domiciliaria que se produzca de 08.00 a 20.00 horas, en días laborables.

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