Violencia sexual
¿Por qué ha recibido Alves una pena mínima? ¿Ha influido la indemnización? ¿La ley del sí es sí? Preguntas y respuestas de la sentencia
La Sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista Dani Alves a cuatro años y seis meses de cárcel por haber violado a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona
![Cuatro años y medio de cárcel para Dani Alves por agresión sexual.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/395cc49e-2b09-4b21-a713-136f76c11762_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg)
Cuatro años y medio de cárcel para Dani Alves por agresión sexual. / Europa Press
J.G.Albalat | Germán González
La Sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista Dani Alves a cuatro años y seis meses de cárcel por haber violado a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona. ¿Por qué el tribunal ha aplicado una pena mínima? ¿Cómo ha influido en el fallo los 150.000 euros de indemnización que el jugador consignó ante el tribunal ante una eventual condena? Aquí van las claves de la sentencia.
1.¿Por qué ha recibido una pena mínima?
A Dani Alves se la impuesto la pena mínima prevista para el delito de agresión sexual con penetración que, cuando sucedieron los hechos, el 30 de diciembre del 2022, era de 4 a 12 años de prisión por aplicación de la ley del ‘solo si es si’. Una posterior reforma elevó el mínimo de esa posible condena a los 6 años de cárcel, tal como ya establecía el Código Penal antes de la entrada en vigor de la ley de la ministra Irene Montero.
2.¿Cómo ha influido la indemnización?
También ha jugado en favor del futbolista la aplicación por parte del tribunal de la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona del atenuante de reparación del daño, ya que, al ser procesado, depositó en el juzgado 150.000 euros para una eventual indemnización (ahora impuesta en sentencia). Esta decisión ha originado que la condena se mueva en la horquilla inferior de la pena, que va de los 4 a los 8 años.
3.¿Cómo ha sido la lectura del tribunal?
Dentro de la horquilla delimitada por la ley y con la aplicación de la atenuante de reparación del daño, los magistrados han decidido imponer casi la mínima: cuatro años y seis meses. La sentencia se basa, sobre todo, en la credibilidad de la víctima, las pruebas que ratifican su versión y la valoración que hace el tribunal del consentimiento, que en el caso de Alves, no existió.
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