Un acusado de un delito contra la ordenación del territorio en Aller, por adaptar -sin tener licencia para ello- un sendero en un monte propiedad del Ayuntamiento para llegar en coche hasta su casería, reconoció hoy los hechos y aceptó una condena de 1 año y 6 meses de prisión y el pago de una multa de 1.080 euros, además de devolver la zona a su estado original. La vista oral se celebró esta mañana en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, aunque el reconocimiento de los hechos por parte del acusado evitó su desarrollo.

El acusado es el propietario de una casería situada en el poblado de Los Torneros, conocida por el nombre de "Los Cuadrazos", en el municipio de Aller, de uso agrario, y a la que se podía acceder por un camino estrecho situado en un terreno denominado Gumial, propiedad del Ayuntamiento de Aller. La parcela, conforme al Plan General de Ordenación Urbana del Concejo de Aller (BOPA 255, del miércoles 3 de noviembre de 2004), está clasificada dentro del suelo no urbanizable (SNU) y calificada dentro de la categoría de Especial Protección (EP), resultando igualmente de aplicación los artículos 236 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo en el Principado de Asturias.

Pese a esta clasificación y calificación urbanística, el acusado, en el mes de marzo de 2014, llevó a cabo, por sus propios medios y sin estar amparado en licencia alguna, obras para realizar un sendero para su adaptación a una pista de acceso rodado, para lo que construyó un muro de piedra y madera, situado a unos 20 o 30 metros del antiguo sendero peatonal.

El acusado nunca podría haber ejecutado esas obras con amparo en una licencia municipal, ya que las mismas están prohibidas por el planeamiento municipal sectorial. El era plenamente consciente de ello, pues ya le había sido denegada la solicitud de ampliación del sendero peatonal.

Los hechos relatados fueron considerados constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio del artículo 319.1 del Código Penal, en relación con el Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo en el Principado de Asturias, y el PGOU de Aller.

El acusado, tras reconocer los hechos, aceptó una condena de 1 año y 6 meses de prisión y 12 meses de multa, a razón de 3 euros al día (1.080 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para ejercer profesión o actividad relacionada con la promoción inmobiliaria durante 2 años, junto con el pago de las costas procesales.