El real decreto que establece los currículos de ESO y Bachillerato abre la puerta a que las administraciones educativas de las comunidades autónomas o los propios centros desarrollen asignaturas para enseñar a los alumnos técnicas de comunicación como el braille, el lenguaje de signos o la tiflotecnología, una disciplina dedicada a aprovechar la tecnología para ayudar a personas con discapacidad visual o, incluso, ceguera.

En caso de ofrecerse, dichas asignaturas se impartirían de forma adicional a las materias definidas como "troncales" y no se incluirían en las evaluaciones previstas por la LOMCE.

Además, el decreto establece la obligatoriedad de que las administraciones educativas lleven a cabo medidas para fomentar la inclusión y la calidad educativa de las personas con discapacidad, permitiendo para ello tomar medidas de flexibilización, adaptaciones curriculares o alternativas metodológicas en la enseñanza, entre otras posibilidades.

De hecho, el desarrollo de los currículos permite alargar el itinerario educativo de los alumnos con necesidades educativas especiales un curso más, sin que éste contabilice como un curso repetido.

Aun así, el requisito de aprobar las evaluaciones finales para la obtención del título de graduado en ESO y Bachillerato sigue siendo el mismo para todos los alumnos en función del itinerario que elijan, con independencia de que se pongan los medios necesarios para que alcancen dicho nivel.