La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La vida tras el estado de alarma: una Asturias sin toques de queda y que necesitará autorización del juez para cerrar concejos

El Gobierno aprueba el viernes la regulación de la emergencia sanitaria, que no podrá estar lista para el final del estado de alarma

Una pareja de policías realiza un control de tráfico.

El Gobierno regional aprobará este viernes el proyecto de reforma de la ley de Salud del Principado, que tiene como finalidad hacer frente a crisis sanitarias como la del coronavirus, pero la nueva normativa autonómica no estará lista para el fin del estado de alarma, el próximo 9 de mayo. El nuevo texto regula por primera vez en Asturias la declaración de la emergencia sanitaria pero no tiene competencias en restricciones que afecten a derechos fundamentales como el toque de queda, mientras que los cierres perimetrales deberían contar con el visto bueno del juez. Diversas fuentes parlamentarias avanzaron que esta reforma legislativa podría estar aprobada en un plazo de dos meses, antes de que concluya el actual período de sesiones en la Junta General en el próximo verano.

La principal novedad de la reforma de la ley de Salud consiste en la regulación de la emergencia sanitaria, cuya declaración será competencia del titular de esa consejería. El nuevo texto normativo especifica que se considerará emergencia sanitaria “aquella situación que, por su gravedad o magnitud, representa un problema para la salud pública” y que las autoridades sanitarias podrán “poner en marcha una serie de acciones y medidas con repercusión transversal importante, a nivel sanitario, económico y social, para preservar la salud de la población” en Asturias, según consta en el borrador, al que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA. Esta normativa autonómica abre la puerta a que el consejero de Salud pueda tener competencias en el ámbito de Asturias sobre cuestiones reguladas en las leyes estatales de Sanidad y Medidas de Salud Pública tales como confinamientos domiciliarios, evacuaciones o la incorporación inmediata de profesionales y técnicos de salud a la asistencia sanitaria, entre otras.

“Necesitamos ese marco jurídico”, apremió el coordinador general y diputado de IU de Asturias, Ovidio Zapico, quien recordó que en septiembre pasado ya había un amplio consenso en la Junta General sobre la necesidad de esta reforma legal que, a su juicio, “llega demasiado tarde”.

Claves de la reforma en la ley de Salud asturiana


  • El consejero de Salud tendrá la competencia de declarar la emergencia sanitaria, con la puesta en marcha de medidas sanitarias, económicas y sociales, amparándose en el marco de las leyes estatales de Sanidad y de medidas de Salud Pública, que datan de 1986.
  • El Consejo de Gobierno dará cuenta de la situación de emergencia sanitaria a la Junta General y la misma no podrá exceder de 15 días. Las sucesivas prórrogas, por períodos máximos de un mes, requerirán la autorización o aprobación de la Junta General.  
  • La nueva ley autonómica no tendrá competencias para decidir medidas propias de los estados de alarma o excepción, como el toque de queda. 
  • Para abordar cierres perimetrales o comarcales, el Principado deberá pedir autorización judicial. 


El consejero de Salud, Pablo Fernández, aseguró que esta modificación legislativa ha supuesto “una de las prioridades” para su departamento, pero también hizo un ejercicio de “necesaria humildad” para incidir que esta pandemia ha supuesto una carga de trabajo sin precedentes: “Seguimos avanzando, nada se ha parado”, afirmó el Consejero quien añadió que en el período de información pública se recibieron 19 alegaciones sobre ese texto legal que, anunció, está a disposición de los secretarios generales técnicos para que pueda ser aprobado por el Consejo de Gobierno “este mismo viernes”. Luego todavía tendrá que superar un período de discusión y debate para su votación definitiva en la Junta General. “En el mejor de los escenarios, no estará aprobada antes de dos meses”, apuntaron fuentes parlamentarias. El consejero Pablo Fernández precisó que “independientemente” de la reforma de esta ley autonómica, “el Principado necesitará de la autorización judicial para todas las medidas que afecten a derechos fundamentales”.

La declaración de la emergencia sanitaria no permitiría, por ejemplo, mantener medidas previstas en el actual estado de alarma como el toque de queda, mientras que para decidir cierres perimetrales, como los incluidos en el sistema “4 Plus”, habría que solicitar la autorización judicial. El Gobierno regional, en cambio, puede adoptar medidas restrictivas sobre las actividades y sus horarios, una competencia que ya tiene en la actualidad y que, por ejemplo, ejerció en marzo del año pasado antes de que Pedro Sánchez acordase el primer estado de alarma y el confinamiento duro tras el estallido de la pandemia.

Chamorro, presidente del TSJA: “Son necesarias medidas contra la pandemia, pero también que sean legales”

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), Jesús Chamorro, aseguró ayer en el transcurso de una visita a los juzgados de Avilés que los magistrados del alto tribunal de la región están preparados para atender con “agilidad y diligencia” la más que probable carga extra de trabajo que tendrán debido a que serán los encargado, en última instancia, de “autorizar o ratificar las restricciones que supongan una limitación de los derechos de los ciudadanos” una vez decaiga el actual estado de alarma, algo previsto por el Gobierno central para el próximo 9 de mayo.

En declaraciones a los periodistas, Chamorro precisó que la encargada de autorizar –o denegar, si llegase el caso– las restricciones de derechos civiles que pudiera aprobar la Consejería de Salud será la Sala de lo Contencioso del TSJA, que cuenta con ocho miembros. Será a esos magistrados a los que les corresponda “valorar la proporcionalidad de las medidas de acuerdo a la situación epidemiológica y la limitación de los derechos de los ciudadanos”.

“Es absolutamente necesario luchar contra la pandemia y adoptar medidas, pero también es necesario que se respeten los cauces legales”, declaró Chamorro, quien recalcó que una vez que se levante el estado de alarma “pasaría todo por que las medidas sean autorizadas por la autoridad judicial”. Y en este sentido, precisó que ya en el pasado “los magistrados se han pronunciado, en situaciones concretas, sobre la legalidad de medidas adoptadas, como las que tuvieron que ver, por ejemplo, con el ámbito de la educación o la privacidad de datos”.

Compartir el artículo

stats