De los siete argumentos aportados por la defensa de Abdou Ndiaye, Makelele, -condenado por el asesinato de la hostelera gijonesa Sonia Meléndez Mitre- para intentar reducir su condena, los siete han sido desestimados por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que, incluso, ha elevado la pena de cárcel en dos años y un día. De los 18 años que le impuso la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias ha pasado a los 20 años de cárcel al eliminarse el atenuante de dilaciones indebidas del procedimiento que sí había considerado el tribunal del jurado que le condenó. En consecuencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA también ha elevado hasta los 21 años y un día la prohibición para aproximarse y comunicarse con la familia de la hostelera asesinada. No obstante, la letrada defensora de Makelele, Ana Gloria Rodríguez, recurrirá este nuevo fallo al Tribunal Supremo.

Sonia Mitre "no tuvo opción de defensa"

El primer argumento esgrimido por la defensa fue la denegación de un intérprete para el acusado, de origen senegalés. Esta nueva sentencia destaca "los nueve años residiendo en España" que lleva Abdou Ndiaye y recuerda que "declaró cuatro veces sin necesidad de intérprete" en fase de instrucción. El segundo argumento propuesto fue la ausencia de motivación de la sentencia y que el TSJA indica que "no puede exigirse a los ciudadanos que integran el jurado el mismo grado de razonamiento intelectual y técnico que puede requerirse a un juez profesional". Tampoco prosperaron la vulneración de la presunción de inocencia porque los medios probatorios no justifican la condena, ni que las declaraciones de Makelele en fase de instrucción no fuesen ratificadas en el plenario, ni tampoco la agravante por la comisión del delito por motivo por discriminación de género que solicitaba eliminar. La sentencia del TSJA también justifica que hubo alevosía en el crimen porque la víctima "no tuvo opción de defensa" y, en consecuencia, el delito es de asesinato. Por último, también desestima la queja de la defensa por la inadmisión de pruebas testificales y documentales solicitadas al entender que la prueba practicada "fue más que suficiente para que el jurado formase una seria y fundada convicción sobre los hechos".

Finalmente, la sentencia sí estima parcialmente el recurso presentado por Fiscalía y acusación particular, eliminando el atenuante de dilaciones indebidas. "La duración de la causa de dos años y seis meses hasta sentencia es un tiempo razonable y, además, ninguna disfunción resulta atribuible ni a los funcionarios policiales, ni a la fiscalía, ni juez o tribunal", replica el fallo, que también será recurrido.