El Tribunal Supremo ha rebajado a 14 años la condena a Abdou Ndiaye, conocido como Makelele, como responsable de la muerte de la hostelera gijonesa Sonia Meléndez Mitre en julio de 2015 después de estimar varias de las alegaciones de la defensa. Los magistrados del alto tribunal consideran que este hombre de origen senegalés actuó sin alevosía y vincula el crimen a un tema puramente económico.

Makele fue condenado a 18 años de cárcel por la Audiencia Provincial por un delito de asesinato con la agravante de género y la atenuante de dilaciones indebidas que apreció el jurado popular. Luego, el TSJA elevó la condena hasta los 20 años al estimar que los tiempos para juzgarle fueron los correctos. Ahora, el alto tribunal muestra otra interpretación de: ni asesinato ni por razón de género.

La nueva sentencia, firme, llega a la conclusión de que Makelele actuó sin alevosía, es decir, sin dejar opción alguna a que ella se defendiera. El argumento de esta apreciación radica en que "no se sabe cómo se produjo el ataque, hasta el punto de que el Jurado, en el acta de votación, dijo que 'se cree que no tuvo opción de defensa', afirmación que en sí misma introduce un factor de duda", apunta el fallo del Supremo. Además, y ante estas duda que planteó el acta del jurado, afea que la sentencia de apelación "trató de minimizar diciendo que la expresión 'se cree' debe ser entendida como 'se considera', dada la naturaleza lega del colegio de jueces".

Aún más. Makekele y Sonia Mitre, reflexiona el Supremo, "tenían una relación de conflicto, lo que permite suponer que la víctima tendría una razonable prevención ante la presencia del condenado en su casa". En conclusión, "no se sabe si el ataque fue súbito o si fue precedido o no de discusión o enfrentamiento", explican los magistrados.

Al no haber alevosía los hechos no pueden constituir un delito de asesinato -como planteó siempre la acusación particular, en nombre de la familia de Sonia Mitre-, pero sí un delito de homicidio, como de inicio apostó el Ministerio Fiscal. Una vez dado por bueno el delito de homicidio, el Supremo le añade la agravante de abuso de superioridad al entender que, si bien ella pudo defenderse, Makelele "tenía unas condiciones físicas muy apreciables de mayor fortaleza y envergadura, de las que, sin duda, se aprovechó para la ejecución de su acción".

Otro de los argumentos de la defensa de Makelele -ejercida por la letrada gijonesa Ana Gloria Rodríguez- en su recurso fue el agravante de género que apreciaron tanto el jurado como el TSJA. El Supremo apuesta por un móvil económico y no sentimental ni por razón de género. El nuevo fallo expone que de las pruebas practicadas se desprende la existencia de "un conflicto económico" entre ambos "derivado del impago de costes salariales que la víctima pretendía compensar con el coste del alquiler del que disfrutaba" Makelele mientras que no existe prueba alguna que permita afirmar que el homicidio se produjera "en una situación de dominación, ni que tuviera como causa (o una de sus causas) la frustración del recurrente por la ruptura de la relación sentimental con la víctima".

Dilaciones indebidas

El Supremo también añade la atenuante de las dilaciones indebidas que, si bien apreció el jurado, anuló el TSJA pese a los más de dos años de espera en prisión que pasó Makelele antes de ser juzgado. De hecho, cumplió 838 días en prisión hasta el juicio.

En cambio, el Supremo niega que se vulnerase su derecho a la presunción de inocencia ni que le perjudicase la denegación de un intérprete en el juicio al entender que si llevaba nueve años en España bien puede hablar y entender el idioma. Ahora, Makelele deberá seguir en el Centro Penitenciario de Asturias para cumplir condena. Allí lleva ya más de tres años.