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López-Asenjo: un edil con derecho a voto, pero sin nómina

Otro popular, Jesús Roces, protagonizó en 1989 el único antecedente de concejal independiente en la Corporación gijonesa

Alberto López-Asenjo, entre sus ya excompañeras del PP Ángeles Fernández-Ahúja y Ángela Pumariega. | Ángel González

Hasta 1989 hay que saltar en la historia municipal gijonesa para encontrar el único antecedente de concejal que se mantiene en el Ayuntamiento tras abandonar la disciplina de su grupo político. El movimiento que ayer oficializó Alberto López-Asenjo, hasta hace dos semanas portavoz popular en la Casa Consistorial y ahora fuera del grupo municipal y del partido, lo hacía en marzo de 1989 otro popular, Jesús Roces, tras dar el salto a lo que popularmente se llamaba grupo mixto tras un duro enfrentamiento con la dirección del partido en manos de Mercedes Fernández. Roces había entrado en agosto de 1986 en sustitución de Francisco Álvarez-Cascos

Eran otros tiempos y otro método de trabajo en el Ayuntamiento. Así que tocan ajustas en la Casa Consistorial. La nueva situación de López-Asenjo le garantiza la continuidad en el Pleno y en las comisiones informativas de Pleno. No hay esas garantías para continuar en juntas rectoras o consejos de administración, que en el caso de López-Asenjo se limita al consejo de Gijón al Norte. Él mismo da por hecho que será relevado de ese puesto por parte del PP y asume que acatará el cambio.

También parece claro que pierde los derechos que tiene como miembro de un grupo en cuanto a asignación y medios de trabajo. Aunque en todo caso podría seguir cobrando su salario actual hasta que se reajuste el acuerdo plenario de inicio de mandato. Su situación de semiliberación le daba una retribución anual de 41.204 euros. Como concejal no adscrito se entiende que podría cobrar las dietas por asistencia a plenos y comisiones que son de 286 y 143 euros, respectivamente.

El reglamento municipal solo especifica que “los miembros no adscritos actuarán en la Corporación de forma aislada, sin poder percibir o beneficiarse de los recursos económicos y materiales puestos a disposición de los grupos políticos municipales de la Corporación” y que en las “sesiones plenarias se sentarán separados del grupo municipal de procedencia”. Desde la ley de Bases de Régimen Local también se advierte que “ los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia”.

Los juristas que están analizando la nueva situación del Pleno de Gijón con siete grupos municipales y un edil no adscrito también están valorando las adendas al denominado “pacto antitransfuguismo”. Desde el entorno del PP se hace referencia a ese documento en cuanto garantiza que el grupo político del que se va el edil tránsfuga no puede ver mermadas ni su representación ni ver perjudicadas sus condiciones económicas. “En cuanto a las asignaciones, medios económicos y materiales que se conceden a los grupos políticos, en modo alguno son reconocibles en favor de la persona no adscrita; toda asignación por concepto de grupo político no es aplicable bajo ningún concepto a la persona tránsfuga no adscrita Asimismo, el grupo político perjudicado o disminuido en su composición no deberá sufrir merma institucional alguna en los medios y asignaciones económicas y administrativas que como tal grupo le correspondiesen con anterioridad”, se explica.

Que el PP no acaba nunca los mandatos con los mismos ediles con los que lo inicio no es novedad. Pero sí que es marcha no incluya la renuncia al acta. En 2013, por ejemplo, se fueron en menos de un mes Eduardo Junquera, Pilar Fernández Pardo y Pablo Fernández. En 2011 lo había hecho Pablo González, ahora presidente de la junta local del PP gijonés.

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