Condenan a un vecino de Valdés por capturar aves usando liga
El acusado confesó que untaba ramas con una sustancia pegajosa para cazar los pájaros, un sistema prohibido
Luarca (Valdés), A. M. SERRANO
La Audiencia Provincial ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Penal número uno de Avilés que condenaba a un vecino de Valdés a pagar 1.440 euros de multa por un delito contra la fauna. El hombre cazaba sin licencia y a través de una modalidad de caza no selectiva que no está autorizada en Asturias y que utiliza liga, una sustancia pegajosa.
Los hechos sucedieron el pasado 23 de junio. El denunciado se encontraba en una finca de Barcellina cazando con el conocido "método del arbolillo" (es decir, usando las ramas de plantas que se clavan en el terreno impregnándolas con liga) cuando fue sorprendido por una patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.
Los agentes encontraron en poder del acusado dos ejemplares de pardillo común y otro de verderón común, especies protegidas, y todo el material que permite cazar a través de esta modalidad, que no está autorizada en Asturias. Las aves fueron puestas en libertad de inmediato. El hombre reconoció los hechos a la Guardia Civil y aseguró que lo hacía por "hobby".
En la primera sentencia, la jueza de Avilés recuerda que el hombre carecía de la oportuna licencia. El fallo fue recurrido por el denunciado, pero la Audiencia Provincial ratificó la primera sentencia del juzgado de Avilés, equiparando además el uso de liga "a medios no selectivos, de similar eficacia al veneno o explosivo para la fauna". La abogada del denunciado, Alejandra García, entiende que la conducta del hombre puede ser cuestionada a través de otra vía, la administrativa. De este modo, se evitará la vía penal, ya que el fallo deja al hombre con antecedentes penales "por cazar jilgueros".
"La conducta que motiva el presente procedimiento, de estar tipificada, no lo está en una norma penal, sino en una administrativa, es decir, en la ley de Caza de Asturias", asegura la abogada. La defensa del acusado también entiende que el empleo de ramas impregnadas con liga "carece de eficacia destructiva alguna y no se trata por tanto de un método selectivo".
Contra el fallo de la Audiencia Provincial se puede interponer un recurso de casación.
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