Opinión | Mujeres

La violencia económica de género

Es el tercer maltrato más frecuente de los que sufren las españolas y no lo reconoce el Código Penal

La violencia de género económica es la tercera más frecuente: la sufren el 11,5% de las mujeres en España y las denuncias van en aumento. Es una de las asignaturas pendientes en la lucha contra el machismo controlador y violento: el corpus legal español no reconoce este tipo de maltrato y la reforma del Código Penal que el Gobierno se comprometió a acometer la legislatura pasada aún está pendiente.

Es bastante desconocida incluso entre los profesionales y operadores jurídicos, porque durante años ha estado invisibilizada, normalizada y adopta muchas formas.

Puede aparecer porque el agresor ejerce un control económico sobre la víctima, chequeando todos los gastos, impidiéndole acceder a los recursos financieros u ocultando el dinero en común. Otra forma es el sabotaje laboral, que se da cuando se la impide trabajar o estudiar, normalmente con la excusa de que tiene que cuidar de la casa o de los niños. También existe la explotación económica, que aparece cuando el agresor se apropia o destruye intencionadamente los recursos económicos de la víctima.

Apenas hay estudios sobre violencia económica, pero tiene una estrecha relación con el resto de formas de maltrato. El 91,2% de las víctimas ha experimentado violencia de control; el 57,9%, violencia física, y el 48,2%, violencia sexual.

La forma más común es prohibir a la víctima tomar decisiones sobre la economía familiar o realizar compras de forma autónoma (afecta al 7,5%), que el agresor se niegue a darle dinero para los gastos del hogar (6,3%) o ponga obstáculos para que estudie o trabaje (5%). Puede continuar después del divorcio o ruptura sentimental por un doble motivo: cuando el agresor se niega a pagar la pensión o deja que la víctima asuma sola con cargos importantes como una hipoteca, o cuando el sabotaje o la explotación económica pueden haber provocado una situación de empobrecimiento en la mujer y haber impedido su desarrollo profesional, por lo que es más difícil que pueda valerse por sí misma. Es una pescadilla que se muerde la cola: la dependencia económica del agresor provoca que las afectadas tarden más en romper la relación o denunciarle.

También es una forma de violencia vicaria, dado que los hijos pueden padecer el empobrecimiento al que los somete el padre, y la madre suele ser amenazada con la pérdida de su custodia si denuncia la situación.

La titular del Juzgado penal número 2 de Mataró, Lucía Avilés, llevó una iniciativa legislativa judicial, en noviembre de 2021, destinada a que el Código Penal recoja la violencia económica y especialmente el impago de pensiones como una modalidad de violencia de género. Avilés realizó una exposición razonada al Gobierno para que tipifique la violencia económica, de acuerdo con el mandato del Convenio de Estambul suscrito por España, y se incluya una cláusula de reparación del daño en el impago de pensiones. "A veces a la justicia se nos tilda de patriarcal pero hice la propuesta para activar el cambio y ajustar la ley a la realidad social", indica.

El Ejecutivo recogió el guante y tres ministerios –Justicia, Igualdad e Interior e incluso el presidente, Pedro Sánchez– indicaron que la propuesta iba a ser estudiada pero, de momento, no se ha iniciado la reforma. La jueza está estudiando hacer un "recordatorio" al Ministerio de Justicia, para que ponga, de una vez por todas, en marcha el cambio legislativo.

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