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La aplicación de la la ley del "solo sí es sí" en Asturias: dos años para un ovetense al que le pedían diez

El fiscal atribuía al reo abusos a una adolescente | Piden rebajar también dos años la condena de un hombre que abusó de una menor en Cudillero

Roberto Álvarez, padre de la menor víctima de abusos, junto a su letrado, Gabriel Cueto. | Luis Vega

El primer caso en Asturias en el que se aplicó la ley del "solo sí es sí" fue el de Ricardo G. J. –primo del "preso resucitado"–, acusado de abusar de una menor a lo largo de varios meses, cuando ella tenía 14 y 15 años. El pasado mes de octubre, el reo se benefició en la Sección Segunda de la Audiencia de una más que generosa reducción de la pena que le pedían inicialmente: pasó de los diez años de cárcel que le solicitaban en aplicación del Código anterior a los dos años y tres meses que el acusado terminó aceptando, en aplicación de la reforma legal, que le era más favorable, y también al concurrir la atenuante de dilaciones indebidas, según explicó su letrada, Carmen Luengo. Para esta abogada, "la pena impuesta era más justa". El fiscal Enrique Valdés también buscó una pena reducida, ante el temor de que la víctima, ahora mayor de edad, declarase que las relaciones sexuales habían sido consentidas –como ocurrió realmente, según el ministerio público–, lo que podría haber forzado al tribunal al absolver al reo, ingresado en aquel entonces en la prisión de Villahierro, en León, por otro delito, explica uno de los letrados de la acusación particular, Gabriel Cueto.

El motivo de esta reducción tan llamativa se debe, según la letrada María Rivero, que llevaba la otra acusación particular del caso, a que la ley del "solo sí es sí" "endurece los tipos en algunos supuestos, como los abusos sexuales, pero no las penas, de forma que determinadas conductas tienen una penalidad inferior". En su caso, y ya como defensora, lleva un caso en Gijón cuyo cliente se va a beneficiar de la reforma, puesto que le pedían ocho años de prisión según el Código anterior, pero tendrán que reducir la solicitud a dos años y medio.

Petición de revisión

Este mismo miércoles por la mañana, el letrado Pedro Paulino Sánchez solicitó la revisión del caso de un septuagenario condenado en noviembre de 2019 a una pena de siete años de cárcel por agredir sexualmente a la hija de 12 años de unos amigos en una finca de Cudillero. La pena solicitada inicialmente era de ocho años, aunque la Fiscalía y la acusación particular ejercida por la familia de la joven, bajo la dirección letrada de Luis Tuero, redujeron su petición a siete años, al aplicarse las atenuantes de reconocimiento de los hechos y reparación del daño, ya que el condenado abonó parte de los 35.000 euros que se solicitaban en concepto de indemnización por daños morales.

El hombre, que tiene ahora 73 años, sigue aún en prisión, al denegarse su solicitud de indulto. Sin embargo, la ley del "solo sí es sí" ha abierto una vía que podría beneficiarle, según su letrado, y reducir la condena de siete a cinco años, en aplicación de la ley más favorable al reo.

Luis Tuero también podría solicitar la revisión de otro caso que ha llevado, el de un hombre condenado a cinco años de cárcel por abusar de una menor de su familia. El caso está ahora en el Tribunal Supremo, pero si el recurso no resulta favorable podría solicitar una reducción de la condena de cinco a cuatro años.

El motivo de las reducciones es que, al no estar añadidas circunstancias agravantes en la condena, la pena puede revisarse y quedar en el tope mínimo, que en la nueva ley es inferior. En Asturias, como ocurre en otras regiones, los abogados están revisando los casos de condenados por delitos sexuales para ver si es posible reducir sus penas.

El padre de la menor de Oviedo víctima de abusos: "O los jueces interpretan mal la ley o es una chapuza"

Un mes después de que el hombre que abusó de su hija fuese condenado a una pena de dos años y tres meses de cárcel –frente a los diez que pedía inicialmente tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares–, Roberto Álvarez sigue indignado y preguntándose si hay justicia. "Estoy fatal. O los jueces no interpretan bien la ley, o la ley está mal redactada y es una chapuza", asegura desde Colombres (Ribadedeva), donde reside actualmente. Ahora se plantea si es posible recurrir y reparar la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. "Se supone que esta nueva ley era en beneficio de las mujeres víctimas de delitos sexuales, pero no sé a quién beneficia, porque a los acusados les está rebajando bastante", añade este padre. "Las instituciones están bloqueadas, no encuentras a quién recurrir. Si me hubiese quedado viviendo en Oviedo, ahora estaría en la cárcel, me hubiese tomado la justicia por mi mano", dice. Durante varios meses tuvo que soportar cómo el acusado se aprovechaba de la chica. Según el escrito del fiscal, el joven inició una relación con la menor, residente en La Corredoria, en julio de 2018, cuando él tenía 20 años y ella 14. El joven propuso varias veces a la niña que se fuese de casa. En un primer episodio, la niña se marchó dos días. La segunda vez ya fueron cuatro, durante los cuales la pareja estuvo en Avilés. En septiembre de 2018, la niña volvió a fugarse y esta vez permaneció en paradero desconocido durante doce días. La Policía Nacional tomó cartas en el asunto, tras una denuncia de los padres de la menor, y finalmente la localizaron en casa de la madre del joven, en León. A finales de marzo de 2019, la niña volvió a marcharse con el acusado cinco días, hasta que fue localizada por la Guardia Civil en Llanes.

Los colectivos feministas piden reconocer el fallo y cambiar una ley «deficiente»

E. F. P.

"Es urgente modificar la ley, porque tiene deficiencias que ya se avisaron en su momento y que deberían haberse subsanado antes de su aprobación". Así de categórica se expresa la directora general de Igualdad del Principado, Nuria Varela, quien considera "urgente" modificar la llamada ley de Garantía de la Libertad Sexual, la ley de "solo sí es sí". Varela considera que hay que "estudiar las sentencias con detenimiento", así como el texto legal, "porque está claro que el objetivo de la ley no era rebajar las penas". En resumen, el objetivo de la ley que impulsó la parte de Podemos del Gobierno central "era loable", pero "la redacción final no ha sido adecuada".

Varela echa por tierra el argumento de la ministra de Igualdad, Irene Montero, que atribuyó las sentencias que rebajan las penas a condenados por agresiones sexuales a un fallo de los jueces en la aplicación de la ley. "Llevamos tiempo pidiendo formación especializada a todos los operadores jurídicos, y en Asturias hemos realizado cursos, pero en este caso no se trata de qué formación tengan los jueces o de que haya jueces y juezas machistas o con resistencias a la ley; se trata de una ley con serias deficiencias".

Javier Teruelo, decano de Derecho, ha indicado que "el principio de retroactividad obliga a rebajar la pena, en cambio los endurecimientos nunca se aplican" y ha añadido que "jurídicamente no tiene solución". "El máximo previsto en las penas ya no es el mismo. Nunca va a haber revisiones al alza, siempre son a la baja, y eso depende del artículo revisado", ha seguido explicando. "Un efecto retroactivo favorable no se puede eliminar por mucho que cambies la norma", ha sintetizado.

Desde la Plataforma Feminista de Asturias sostienen que "la ley la llevó Irene Montero al Consejo de Ministros, pero la aprobó e hizo suya todo el Gobierno y en el Congreso y el Senado la votaron diez partidos que no enmendaron lo que ahora se ve inconveniente o desastroso. Hay que ser proactivos y no lamentarnos". Los colectivos feministas consideran que, "a la vista de sus errores, lo importante es que se enmiende y no que se trate de hacer tragar al mundo, por no reconocer que hay algún tipo de fallo".

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