Cómo impugnar una resolución del SEPE, paso a paso

Te explicamos cómo reclamar ante una decisión del SEPE

Cómo impugnar una resolución del SEPE: pasos y consideraciones legales

Cómo impugnar una resolución del SEPE: pasos y consideraciones legales / MINISTERIO DE TRABAJO

Alba García

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el órgano responsable de gestionar distintos subsidios y prestaciones, como la del paro. Y puede pasar que nos deniegue alguna ayuda. En ese caso, tenemos la opción de reclamar. Te contamos cómo hacerlo.

LA RECLAMACIÓN PREVIA

El primer paso para recurrir una resolución es la reclamación previa, que se tramita en el propio Servicio Público de Empleo Estatal. Tendremos que presentar un documento con nuestro nombre y apellidos, nuestra identificación personal, dirección para notificaciones, el acto sobre el que reclamamos y el motivo (acompañado de toda la documentación que consideremos relevante), junto con el lugar, la fecha, la firma y el órgano administrativo al que nos dirigimos.

El plazo depende de si nos han notificado la denegación de la ayuda o no:

  • Si hemos recibido la denegación explícita, tenemos treinta días para presentar la reclamación previa.
  • Si nos la han denegado por silencio administrativo (es decir, sin notificárnoslo), el plazo es de tres meses desde que solicitamos la prestación.

Para entregar nuestra reclamación en una oficina del SEPE, necesitamos cita previa, que podemos obtener siguiendo estos pasos.

¿QUÉ PASA DESPUÉS DE LA RECLAMACIÓN PREVIA?

Una vez hemos presentado nuestra reclamación previa al SEPE, este dispone de cuarenta y cinco días para contestar. Si no recibimos respuesta en este plazo, significa que nos han denegado la reclamación por silencio administrativo. En tal caso, todavía nos quedan opciones.

LA DEMANDA ANTE EL JUZGADO DE LO SOCIAL

Si han rechazado nuestra reclamación, podemos presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de treinta días a partir del momento en el que entendemos nuestro recurso desestimado por silencio administrativo o desde que recibimos la notificación de que nos lo han denegado.

RECURRIR AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Si tanto el SEPE como el Juzgado de lo Social desestiman nuestro caso, nos queda la opción de recurrir al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma correspondiente. Esta es la opción más larga y compleja; la resolución puede tardar entre seis meses y casi dos años de media. No es necesario contar con un abogado en todos los casos, aunque puede ser recomendable, en cuyo caso debemos tener en cuenta si nos compensa este coste económico.