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Absuelto un hostelero que vendía gas de la risa a los clientes de su discoteca

El Juzgado considera que la actividad puede ser susceptible de una sanción administrativa, pero no de un delito contra la salud pública

Globos, cápsulas y bombonas de óxido incautadas por la Polcía Nacional.

El Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo ha absuelto a un hostelero de la calle Ildefonso Martínez, en el Antiguo, de un delito contra la salud pública por suministrar a sus clientes cápsulas y globos de óxido nitroso, conocido popularmente como el gas de la risa. El Juzgado considera que la venta de esta sustancia es susceptible, más bien, de una sanción administrativa.

La sentencia del Juzgado titularidad de José María Serrano, considera que el óxido nitroso "no es por sí nocivo para la salud" y que el delito contra la salud pública "se consuma cuando se golpea a la colectividad con la sustancia nociva para la salud". No obstante, el magistrado señala que la activad de la venta de esta sustancia "para inhalar" no está autorizada, por lo que hacerlo es, en todo caso, susceptible de una sanción administrativa de la Consejería de Sanidad del Principado.

La Fiscalía solicitaba, en cambio, una pena de prisión por un delito contra la salud pública para el responsable de este local por vender a sus clientes óxido nitroso en globos y cápsulas a 2,5 euros la unidad. La Policía Nacional se incautó en el local 26 botellas dispensadoras de óxido nitroso y 120 cápsulas de este gas, que habitualmente se utiliza como anestésico general en intervenciones quirúrgicas o en la repostería.

"No se llevó a cabo acto de elaboración de producto nocivo por parte del local cuyo encargado es el acusado y el delito contra la salud pública del artículo 363.4 del Código Penal, requiere el acto de la elaboración de la sustancia nociva para la salud", reza la sentencia. "El acusado no elaboró, ni despachó o suministró sustancia nociva para la salud puesto que el óxido nitroso no es por sí nocivo para la salud", añade el fallo, de esta misma semana, y al que ha tenido acceso este periódico.

Esta es la primera vez que el Juzgado de lo penal número 1 se pronuncia sobre la venta del gas de la risa en locales de ocio nocturno. "Viene a decir que el delito no está en la venta, sino en lo que se hace con la sustancia", señala el abogado Pedro Luis Fanjul García, defensor de los intereses legales del propietario del local. El fiscal antidroga en Asturias ordenó en 2011 una operación para perseguir el consumo de esta sustancia en locales de ocio nocturno. En total se localizaron 30.000 cápsulas en 10 locales de Oviedo.

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