La cesta de Navidad amarga la Pascua a 146 trabajadores de la fábrica de Saint-Gobain

La Corriente Sindical de Izquierda denuncia en la Inspección de Trabajo el "feo gesto" de excluir a una parte de la plantilla del reparto del detalle

La fábrica avilesina de Saint-Gobain.

La fábrica avilesina de Saint-Gobain. / MARIA FUENTES

Francisco L. Jiménez

Francisco L. Jiménez

El reparto de las cestas de Navidad con las que Saint-Gobain felicita las Pascuas a sus trabajadores desde tiempo inmemoriales ha dejado este año mucho resquemor y un sabor amargo impropio de días que se caracterizan por todo lo contrario. Lo de menos es que el contenido de la cesta haya sido "muy humilde", según la apreciación de los responsables de la Corriente Sindical de Izquierda; lo que más críticas ha merecido es el "feo gesto" de que no se hayan dado cestas a todos los trabajadores, siendo los 146 adscritos a la división de parabrisas (Sekurit) los que se quedaron sin turrón que llevarse a la boca.

En realidad, turrón no hubo en las cestas navideñas de Saint-Gobain: "El contenido de la cesta viene siendo muy humilde y puede variar cada año. Para este pasado 2022, la cesta entregada a cada persona en Glass (la división que agrupa a los 231 trabajadores adscritos al funcionamiento del horno central y la línea de vidrio de construcción) consistió en cinco cuñas pequeñas de quesos asturianos con un peso total aproximado de 900 gramos".

La empresa, asegura un portavoz de la CSI, "ha venido entregando todos los años y a todas las personas que integran su plantilla en Avilés una cesta de Navidad días antes del 24 de diciembre de cada año". Esta Navidad, la entrega de la cesta para el personal de Glass se llevó a cabo en el almacén y fue comunicada del 23 al 30 de diciembre. No obstante, según remarca la CSI, "el personal perteneciente a Sekurit no recibió comunicación alguna de entrega; es decir, la empresa ha procedido a suprimir de forma unilateral la entrega de la cesta de Navidad a la plantilla de Sekurit".

La CSI ha denunciado el hecho a la Inspección de Trabajo para que se requiera o sancione a la empresa del modo que corresponda: "Se trata de un derecho adquirido, tal y como se interpreta en la jurisprudencia laboral. Privar del mismo solamente a un colectivo de trabajadores supone un trato desigual injustificado".

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