La DGT se pone seria: el gesto que no debes hacer con tu coche aparcado si no quieres pagar hasta 1.000 euros de multa

La DGT empieza ya a multar a los conductores que hagan esto con los intermitentes hasta 200 euros

PI Studio

Mantener el coche al día es una tarea tan importante como a veces frustrante para muchos. El polvo o las inclemencias del tiempo puede dejarnos el vehículo hecho unos zorros, por lo que es fundamental tenerlo lo más limpio y cuidado.

Lavar el coche en la calle te puede salir realmente caro. El artículo 4.2 del Reglamento General de Circulación prohíbe expresamente limpiar o reparar coches en la calle a causa del deterioro que esto pueda causar en la vía pública. La sanción depende de cada ayuntamiento, pero las multas van desde los 30 hasta los 3.000 euros. Casi nada.

Otro error que pasamos inadvertido

Puede que un día bajes a la calle y veas sobre el parabrisas de tu coche una multa de 200 euros por el mal estado de la matrícula. Hay que tener en cuenta que la matrícula es el “DNI” del coche, se trata de su número de identificación, y por tanto ha de ser fácilmente legible para las autoridades. Si los números se han borrado por los golpes, están tapados por pegatinas, son ilegibles porque la placa está rota o doblada, entre otros muchos motivos, los agentes te sancionarán de inmediato. Por ello es mejor prevenir y comprar una matrícula si está desgastada, puesto que por unos 20 euros puedes pedir una completamente nueva.

Prácticamente lo mismo que con el seguro sucede con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Ahora las autoridades pueden ver de forma telemática si está caducada y pueden sancionar al propietario del vehículo aunque el coche esté parado en la calle. Las multas por no tener la ITV en regla pueden ir desde los 200 hasta los 500 euros: la sanción será de 200 euros si no se ha superado la Inspección Técnica de Vehículos en el plazo estipulado por ley; también 200 euros si la ITV es desfavorable; y 500 euros si se tiene el coche en ‘circulación’ sin haber podio superar la ITV (inspección negativa). Si a tu coche le ha vencido la ITV durante el estado de alarma no podrán multarte pero si ha sido previamente al confinamiento sí podrían sancionarte.

Otra norma curiosa es la de la ropa. Ni se puede llevar demasiada, ni poca. La norma especifica que el conductor debe llevar un atuendo que le permita maniobrar y conducir con comodidad. Por ello, podría entenderse que un abrigo demasiado grueso o unas chanclas van contra la norma. Esto puede suponer una multa de entre 80 y 200 euros.

Relacionada con la anterior está la prohibición de comer o conducir con una mano mientras se va al volante. Si los agentes entienden que no se está prestando la atención suficiente a la conducción o que no se mantiene una posición correcta mientras se circula puede sancionarse con 80 euros.

Ese es el importe con el que se sanciona tocar el claxon sin motivo aparente. El uso de la bocina está limitado para situaciones de riesgo, no para jugar ni saludar a la gente. Por eso, se multa con 80 euros.