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Un albañil deberá seguir en el tajo pese a sufrir varias patologías

El Tribunal Superior rechaza un fallo anterior que concedía la invalidez al trabajador por ansiedad y posible artritis

José Yáñez, un monitor de albañilería avilesino de 57 años con varias enfermedades, deberá seguir trabajando en virtud de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) del pasado 30 de junio, a pesar de que los jueces le reconocen que está diagnosticado de un trastorno mixto ansioso depresivo desde 1992 y de una posible espondiartritis (artritis autoinmune que afecta a la columna vertebral). "Los marcadores genéticos de la espondilitis son positivos desde hace tiempo y así lo hice saber", apunta el trabajador. El juzgado de Primera Instancia Número 2 de Avilés había fallado en el mes de febrero a favor del albañil concediéndole una invalidez total (reclamaba una invalidez absoluta). "Lo que pasa es que el Instituto de Seguridad Social recurrió la sentencia y ahora fallan a su favor y me dicen que estoy para ir al tajo", apostilla.

Para el TSJA, el diagnóstico de la depresión "pone de manifiesto es que se trata de una enfermedad que desde hace décadas ha compatibilizado con su profesión habitual". Es decir, que está enfermo, pero puede seguir trabajando. Respecto de la espondiartritis, el Tribunal asturiano señala que se "evidencia la inexistencia de repercusión funcional" de esta patología en el avilesino porque "no presenta signos de actividad" desde 2013. Y añade que tampoco existen informes posteriores a ese año sobre la cuestión. Se da la circunstancia de que Yáñez tiene consulta de manera periódica con el reumatólogo que atiende su afección (en diciembre del pasado año la última vez y, en septiembre próximo, la siguiente). La jueza avilesina en este punto había manifestado que a un trabajador con espondiartritis -como es el caso de Yáñez- se le "desaconseja actividades con requerimientos moderados sobre la columna". Más si cabe cuando el trabajador se dedicaba a la albañilería.

Yáñez había sido sometido a análisis por el equipo de valoración del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) en junio del año pasado. Determinó que no estaba "afectado de invalidez permanente, por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral". El trabajador rechazó el dictamen por la vía administrativa y presentó una demanda para que se le reconociera la invalidez absoluta. Así fue, en primera instancia. El INSS recurrió la sentencia, cosa que también hizo Yáñez. Los dos recursos tenían, sin embargo, distinto objetivo: Yáñez quería que se le reconociera la invalidez absoluta y el organismo estatal convalidar el primer informe que rechazaba tal posición. El TSJA dio la razón al INSS y revocó la sentencia de primera instancia. Yañez, pues, puede volver a trabajar (actualmente está en el paro). "No es justo", insiste el trabajador.

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