Esther Llamazares, juzgada por presuntas injurias a un empleado de la Mancomunidad de Turismo

La diputada y portavoz del PP tildó de «amiguismo» la contratación del trabajador, cuya defensa ve infundado el empleo de ese término

Esther Llamazares (PP)

Esther Llamazares (PP) / Ricardo Solís

Saúl Fernández

Saúl Fernández

Esther Llamazares, diputada nacional y portavoz del Partido Popular (PP) en el Ayuntamiento de Avilés, dijo, mediante una nota de prensa publicada en junio de hace dos años, que la contratación de un trabajador de la Mancomunidad de Avilés se había hecho mediando «amiguismo». Se basaba, aseguró entonces, en varias sentencias dictadas días atrás por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). Según su criterio, esta sentencia «cuestionaba» la formación del trabajador de la institución supramunicipal. Estas dos afirmaciones las consideró el trabajador como injurias y por eso se querelló contra la cabeza de lista del PP por Asturias en 2023. 

En virtud de esta querella, las dos partes se vieron ayer en el palacio de Justicia de Avilés –aunque la diputada no asistió personalmente dado que la parte demandada (el trabajador) no había solicitado su interrogatorio–.

Salomé Rey Fernández, la abogada de la diputada popular, sí que interrogó a otro trabajador de la Mancomunidad y a Pedro de Rueda, diputado regional del Partido Popular, exconcejal en el Ayuntamiento avilesino y presidente del partido en el municipio. Rey Fernández buscaba demostrar, precisamente, que, efectivamente, la formación del trabajador querellante no era la adecuada para su puesto. Ignacio Fernández, su abogado, lanzó contramedidas. Dijo a este respecto que las sentencias «no hacen ninguna referencia» al trabajador que Llamazares mencionó en la nota de prensa y en la consecuente rueda de prensa. Añadió Fernández, además, que tampoco esas sentencias hacían mención «ni a su formación profesional, ni siquiera hacen referencia a la formación necesaria para que cualquier persona desempeñe el puesto de gerente de la Mancomunidad».

Pedro de Rueda, que fue letrado en activo hasta octubre, a preguntas de Fernández, reconoció dos cosas: que él no tuvo que ver en la preparación de la nota de prensa (que fue cosa de Llamazares y del personal de prensa). Aseguró que en su época como concejal su grupo había denunciado la contratación del trabajador porque, según su criterio, lo óptimo «hubiera sido personal más especializado», o sea, más vinculado hacia el turismo que al comercio. ¿Eso es «amiguismo»? De Rueda respondió:«Yo lo hubiera dicho de otra manera». La abogada de Llamazares afirmó en sus conclusiones también que la expresión que formuló la diputada «no fue excesivamente afortunada». A la vez que dijo eso también afirmó que «amiguismo» no es una «expresión ultrajante, ni vejatoria». En todo caso, dados los «vínculos con el poder» del trabajador querellante, tenía que haber «demostrado un nivel de tolerancia más alto».

La querella que presentó el trabajador –al que la abogada de Llamazares vinculó con el PSOE porque fue candidato número 13 en las municipales de Castrillón del año 1983– fue contestada por Llamazares. Entre las cosas que adujo fue impericia en la interpretación de sentencias. Sin embargo, la diputada aseguraba en una red social que era Graduada en Derecho. El abogado Ignacio Fernández achacó:«Mediante la actualización de un currículum, alguien que decía tener un título en el pasado ha dejado de tenerlo en el presente; debe ser un caso único de suspenso retroactivo de asignaturas previamente aprobadas. Es gracioso, pero también revelador de la relación de la demandada con la idea de la verdad». 

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