Condenan a la CSI al pago de 50.000 euros por expulsar sin motivo a una afiliada avilesina

La jueza aprecia una flagrante vulneración de derechos, entre otros el de libertad de expresión

Ana Bayón.

Ana Bayón. / F. L. Jiménez

Francisco L. Jiménez

Francisco L. Jiménez

Varapalo judicial para el sindicato Corriente Sindical de Izquierda (CSI). El Juzgado de lo Social número 3 de Gijón ha estimado una demanda presentada por la afiliada avilesina Ana Bayón (delegada en la empresa Konecta) contra su expulsión arbitraria de la organización y condena al sindicato al pago de una indemnización de 50.000 euros y la readmisión de la demandante. La sentencia, que se puede recurrir, concluye que Bayón fue objeto de baja en el sindicato por pertenecer a una corriente crítica que requirió al secretario general CSI, Nacho Fuster, la presentación de cuentas y que constituyó una candidatura alternativa en el VIII Congreso de la CSI.

Continúa la sentencia señalando que la baja de la afiliada es consecuencia del «acoso» que la CSI ejerció sobre las personas de esa candidatura –y que acabaron constituyendo un nuevo sindicato, La Clase Trabayadora (LCT)– «sin que exista procedimiento, normativa interna, ni órgano competente [en la CSI] para acordar lo que no es más que su expulsión».

Según entiende el entorno de la sindicalista represaliada, «la comunicación de la baja de la CSI a Ana Bayón evidencia la inadmisión dentro del sindicato del espíritu crítico; en definitiva, de la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución, un derecho fundamental absolutamente necesario dentro de toda organización que se rija por parámetros democráticos». Señala la sentencia que «una organización sin espíritu crítico no permite amparar la práctica de derechos fundamentales y es contraria a la propia Constitución».

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