de lo nuestro Historias Heterodoxas

Acerca de algunas cartas pueblas

La labor de Alfonso X el Sabio y el estudio de los antiguos documentos de constitución de Lena, Laviana, Aller, Sobrescobio y Langreo

Alfonso X El Sabio visto por Alfonso Zapico

Alfonso X El Sabio visto por Alfonso Zapico / Alfonso Zapico

Ernesto Burgos

Ernesto Burgos

Las cartas pueblas son documentos que concedieron los reyes o los señores laicos y eclesiásticos para fomentar los asentamientos permanentes en los territorios recuperados por los cristianos a los invasores musulmanes. Muchas veces respondían a la petición hecha por habitantes de aquellas zonas ya pacificadas que querían tener su propia administración y buscaban un contrato como garantía del control sobre sus vidas y haciendas. Ellos daban a cambio una satisfacción económica y cedían algunos de sus beneficios económicos.

Acerca de algunas cartas pueblas

Acerca de algunas cartas pueblas / Ernesto BURGOS

En estos documentos se establecieron los derechos y deberes de los pobladores, sobre todo en lo referente a su organización, para tratar de esta forma de recuperar su normalidad ya lejos de la guerra. Fue un proceso que duró siglos y se enmarcó dentro del que se repetía por otros países de la Europa Atlántica, pero aquí presentó la peculiaridad de tener como fondo la larguísima Reconquista española, si es que aún podemos llamar así al proceso de expulsión de los invasores musulmanes sin incurrir en la incorrección política.

El documento de este tipo más antiguo de Castilla lo otorgó el conde Munio Núñez en el año 824 al pueblo palentino de Brañosera, que por este hecho esta considerado el primer ayuntamiento del país; aunque siendo rigurosos no se trata de una carta puebla sino de un fuero, pero esa es una diferencia que solo interesa a los especialistas.

En Asturias son numerosos los concejos que pueden presumir de tener su origen en alguna de estas cartas. Así, el aforamiento de Avilés está fechado en 1155 y la legislación que apoyó las comunidades de Oviedo también se hizo a principios del siglo XII; sin embargo, se desconoce la fecha exacta, ya que solo se conserva en el archivo de su Ayuntamiento una confirmación del rey Fernando IV. Tineo y Llanes, por ejemplo, existen ya, respectivamente, desde 1222 y 1225, y es más difícil confirmar cuándo nacieron otros lugares como Pravia porque, mientras algunos investigadores la sitúan en estos años, el medievalista Juan Ignacio Ruiz de la Peña, que es el más reputado experto en este asunto, prefiere datarla más tarde.

También nacieron legalmente en el siglo XIII Grado, Somiedo, Llanes, Pravia, Tineo, Grado, Navia, Luarca, Salas, Gijón, Villaviciosa, Siero, Nava, Colunga y Ribadesella, Candás, Luanco, y después otras polas y alfoces –o, si lo prefieren, ciudades y sus territorios dependientes– hasta llegar a Las Regueras, que obtuvo la última de las cartas asturianas, fechada el 20 de mayo de 1421 y cuyo original se conserva en el Archivo de la Catedral de Oviedo. Lo seguro es que muchos de los actuales concejos de Asturias deben su existencia a Alfonso X de Castilla "el Sabio", quien fue rey de la Corona de Castilla entre 1252 y 1284 y, por ello, encuentran en este período la fecha de su fundación.

En la Montaña Central han sido estudiadas –algunas mejor que otras– las cartas pueblas de Lena, Laviana y Aller, Sobrescobio y Langreo. Todas, de una forma u otra, están inspiradas en los Fueros de Benavente de 1164 y se adaptaron a las características de cada territorio tratando de dotar de una normativa eficaz a poblaciones que ya existían con anterioridad, como sucedió con Aller, que, aunque ya contaba con infraestructuras para acoger a los peregrinos que se dirigían a Santiago por el camino del Salvador, la necesitaba para resolver los problemas cotidianos de sus habitantes.

La de Laviana la otorgó el monarca, según el profesor Ruiz de La Peña, en 1280 concediendo el derecho a formar "puebla" a los "homes buenos" que vivían entre los límites de Langreo y Caso, pero el documento original del pacto se perdió cuando los carlistas asaltaron este Ayuntamiento en 1874. Siempre se ha dado por supuesto que fue quemado, aunque nos gusta guardar la esperanza de que alguien lo hubiese guardado en aquel momento y pueda reaparecer cualquier día.

La carta de los moradores de Lena y el Huerna fijando su puebla en el lugar de Parayas fue rubricada en Sevilla el 6 de abril de 1266, por lo tanto también bajo el reinado del "rey sabio"; después fue confirmada por Sancho IV en Toledo, por Alfonso XI en Valladolid y por otros monarcas más modernos, y tampoco se guarda el original; sin embargo, gracias a una copia que se conserva en la biblioteca de la Real Academia de la Historia conocemos su texto completo.

Lo que puede verse en el archivo municipal de la población es una de estas confirmaciones hecha por Carlos III en octubre de 1766, que además resultó muy afectada por el fuego en otro octubre más violento –el de 1934– y fue restaurada muchos años más tarde.

Pero más importante que el documento del siglo XVIII es el texto de la antigua carta que recoge, porque, aunque difiere en muy poco de las que se repiten por toda España, nos da una impresión completa de lo que era entonces Lena.

Con ella se trató de satisfacer la petición de tres vecinos llamados Juan Martínez, Abril Pérez y Pelai Çebrianes, que la solicitaron actuando como delegados de la comunidad, lo que demuestra que aquí ya existía una población estable pero que adquiere en este momento una definición territorial clara: "E dámosle que ayan por su alfoz quanto a nos perteneçe en toda Lena y en toda Huerna, desde la bouia de Arbas fasta el Padrón", es decir todo lo que abarcó el llamado Conceyón, que fue la cuarta demarcación más extensa de Asturias hasta que en 1836 quedó partido en dos por la independencia de Mieres.

Los lenenses adquirieron desde este momento el derecho a elegir alcaldes y jueces, que debían actuar según lo dispuesto en el Fuero de Benavente; tuvieron legalmente su propio mercado semanal y quedaron exentos de muchas contribuciones. A cambio, se comprometieron a pagar cada año novecientos maravedís en dos plazos: una mitad por San Juan y, la otra, por Navidad y, además, otros cincuenta maravedís "por yantar".

Este último tributo, habitual en las cartas pueblas, quería decir que los vecinos debían contribuir con esa cantidad a la alimentación del rey o de los señores cuando pasaban por allí o hacer el pago en metálico, pero fue reformado pocos años más tarde por Alfonso XI, el mismo monarca que otorgó la de Sobrescobio fijando su puebla en el lugar de Oviñana y determinó la cantidad anual a pagar por los coyanes en 1.200 maravedíes.

Con respecto a la carta puebla de Langreo, es una de las mejor estudiadas de Asturias gracias al trabajo de Josefina Velasco, quien antes de ser jefa del Servicio de Biblioteca de la Junta General del Principado de Asturias se ocupó del archivo de este Ayuntamiento y coordinó en 1990 una cuidada publicación sobre el documento.

La solicitaron los vecinos en abril de 1338 al Obispado de Oviedo debido a la cantidad de robos, violaciones y otros sucesos violentos que se repetían sin que hubiese una justicia eficaz que frenase esa situación y la mitra les concedió la jurisdicción sobre el territorio comprendido entre Laviana y Tudela, este último un concejo independiente hasta que en 1857 se incorporó a Oviedo. Lo que quiere decir que su ámbito incluía a los actuales concejos de San Martín del Rey Aurelio y el de Langreo, unidos hasta el siglo XIX y cuyo archivo conjunto también fue convertido en humo durante la segunda "carlistada".

Desde entonces, los langreanos pudieron elegir sus alcaldes, jueces y personeros, que luego eran confirmados por el Cabildo ovetense y, a cambio, igual que sucedió con los lenenses, los coyanes y todos los vecinos con puebla propia, tuvieron que pagar cada San Juan y cada Navidad, aunque en su caso fue un total de tres mil maravedíes, y no al rey, sino una mitad para el obispo y la otra para el cabildo, que además se quedaban las dos terceras partes de los montes con otros beneficios. Y es que la Iglesia siempre pedía más que la monarquía, de modo que a la obligación que ya vimos en Lena de alojar y mantener a los representantes de la autoridad en sus visitas, el obispo exigió a Langreo el compromiso de edificar dos casas para que sus emisarios encontrasen allí todas las comodidades cuando se desplazaban hasta esa villa.

Tampoco podemos ver actualmente el original de la carta puebla langreana, pero sí su texto copiado en La Regla Colorada, un magnífico libro elaborado en el taller de copistas del obispo don Gutierre, quien, en 1383, mandó recoger en él los documentos importantes relacionados con su diócesis y es actualmente uno de los ejemplares más destacados del archivo de la catedral de Oviedo.

Y aprovechando el tema de hoy, déjenme cerrar exponiendo que en esta segunda década del siglo XX, a tenor de la caída de población y las malas perspectivas de desarrollo de la Montaña Central, ya es obligado que volvamos a plantearnos el mapa de nuestros concejos.

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