Barcelona / Oviedo, Agencias

El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, se manifestó ayer favorable a que los parados que no acepten ofertas de trabajo o rechacen la participación en los cursos formativos que ofrece la Administración pierdan las prestaciones por desempleo. Si bien aclaró que el Gobierno no se plantea ahora endurecer la legislación que regula los subsidios que perciben los desempleados, Corbacho respondió así durante una entrevista a la cadena catalana TV3: «Si (al parado) no le interesa nada de lo que le ofrece la Administración, no debería continuar percibiendo la prestación».

Este comentario del Ministro coincide cuando aún está viva la discusión parlamentaria sobre la reforma laboral y a renglón seguido del anuncio del presidente Zapatero sobre una inminente reforma «en profundidad» de las llamadas «políticas activas de empleo». Esta última expresión engloba las medidas -oferta formativa, orientación para la búsqueda de empleo...- que ofrecen los servicios públicos de Empleo, competencia de las comunidades autónomas, para procurar la reinserción laboral de los desocupados.

En el contexto de ese último anuncio, Corbacho afirmó ayer que hay que hacer que los servicios públicos trabajen más directamente con los parados, para que estén el menor tiempo posible sin actividad. Pero señaló que, a la vez, si hay algún parado al que no le interesan las ofertas, ni la formación, ni hacer un «itinerario» para la ocupación, debería perder su derecho a seguir cobrando subsidios.

El Ministro matizó que ahora, en plena crisis, no es el mejor momento para abordar un endurecimiento del control sobre las prestaciones, aunque afirmó que «evidentemente, esto ha de ser reformado», porque, esgrimió, España no puede tener tasas de paro tan elevadas y diferenciadas del resto de la UE.

La regulación sobre las prestaciones y subsidios asistenciales que cobran los parados ya contempla la posibilidad de retirar las ayudas en supuestos de rechazo de ofertas de empleo «adecuadas» o cuando el beneficiario no acepte, sin justificación, las invitaciones del antiguo Inem a participar en acciones formativas. La ley determina que se puede llegar a la suspensión de los pagos cuando el demandante de trabajo rechaza por tres veces ofertas de trabajo o de formación.

El derecho a prestaciones y subsidios lleva aparejado el denominado «compromiso de actividad» del desempleado, declaración por la que se compromete a buscar activamente empleo y a aceptar propuestas de trabajo o la asistencia a cursos de formación. La ley determina que el parado no debe rechazar ofertas consideradas «adecuadas». Conforme a las mismas normas, se considera adecuada una oferta de trabajo cuando coincide con la profesión demandada por el trabajador, con su oficio habitual o con otros que se ajusten a sus aptitudes físicas y de cualificación. Transcurrido un año desde que se comenzó a cobrar la prestación, también podrán considerarse adecuadas otras colocaciones que en opinión del servicio de Empleo puedan ser ejercidas por el trabajador. Uno de los requisitos es que la oferta sea para trabajar en la localidad de residencia del parado o en un radio inferior a 30 kilómetros.