Caja de Ahorros de Asturias (Cajastur), mayor accionista de Liberbank (controla el 46,2%), dejará de ser una caja de ahorros y se convertirá en la nueva figura de fundación bancaria antes de que finalice el año próximo, según los plazos previstos en el anteproyecto de ley de cajas de ahorros y fundaciones bancarias que el Gobierno acaba de enviar al Consejo de Estado y que posteriormente será tramitado por vía parlamentaria.

Según el texto actual de la norma, las cajas de ahorros que realicen su actividad financiera a través de un banco, dispondrán de un plazo máximo de un año para su transformación a contar desde la entrada en vigor de la ley, lo que se prevé que ocurra en diciembre como muy tarde.

La transformación en fundación bancaria también afectará a las otras dos cajas accionistas de Liberbank (Caja Extremadura y Caja Cantabria) y a cuantas otras controlan paquetes significativos en otros bancos: las partícipes en Caixa Bank, Unicaja, Kutxabank, BMN e Ibercaja-Caja3. Como cajas de ahorros sólo podrán sobrevivir dos: las ínfimas Caixa Ontiyent y Caixa Pollença. Ambas tendrían forzosamente que convertirse también en fundaciones bancarias y traspasar su negocio a un banco si en algún momento su balance superase los 10.000 millones de euros, si su cuota de mercado llega a rebasar el 35% de los depósitos en su comunidad de origen y si su expansión trascendiese más allá del ámbito circunscrito a su comunidad autónoma de origen y, como mucho, a diez provincias limítrofes.

El resto de las 45 cajas de ahorros -las que perdieron el control de su negocio financiero y de sus bancos- y aquellas que no sean capaces de mantener al menos el 10% del capital social del banco del que hayan sido fundadoras o una participación inferior pero que les permita designar a algún consejero, deben transformarse en fundaciones ordinarias, incluidas -si no cumplen esos requisitos- aquellas a las que la reforma de 2010 les permitió ser fundaciones especiales.

Según el anteproyecto de ley del ministro de Economía, Luis de Guindos, las entidades como Cajastur podrán seguir utilizando su marca histórica, una vez que dejen de ser cajas de ahorros, a condición de que hagan constar su condición de fundaciones bancarias.

La fundación bancaria estará regida por un patronato, lo que supondrá la desaparición de los órganos actuales: asamblea general, comisión de control y consejo de administración. El patronato no podrá tener más de quince miembros, de los que los representantes de administraciones públicas y entidades y corporaciones de derecho público no podrán superar el 25% frente al 40% actual. Dentro de estos límites sí podrán seguir estando representadas en el patronato las entidades fundadoras de las cajas (Junta General del Principado y Ayuntamiento de Gijón en el caso de Cajastur).

El resto del patronato lo podrán integrar «entidades representativas de intereses colectivos», «personas privadas, físicas o jurídicas, que hayan aportado de manera significativa recursos a la fundación bancaria» o a la caja de procedencia, personas independientes de reconocido prestigio profesional en ámbitos y sectores ajenos al financiero en los que opere la fundación y a los que se dirijan sus fines sociales (estos vocales no podrán estar más de dos mandatos) y personas con experiencia y conocimientos financieros. No podrán formar parte del patronato «todo cargo político electo y cualquier cargo ejecutivo en partido político, asociación empresarial o sindicato».

El cargo lo ejercerán de forma gratuita (podrán compensárseles gastos) aunque sí podrán percibir retribución por servicios distintos al desempeño del cargo. Los patronos no podrán estar al mismo tiempo en «cargos equivalentes en la entidad bancaria» o de entidades controladas por el grupo, lo que forzará a Manuel Menéndez, Isidro Fainé, Braulio Medel, Amado Franco, Mario Fernández y Carlos Egea a optar entre la presidencia de la fundación bancaria y la del banco participado. La fundación bancaria designará un director general, quien no podrá ser miembro del patronato, pero sí asistir a sus reuniones con voz y sin voto. El director general tampoco podrá formar parte de los órganos del banco participado.

El protectorado de las fundaciones bancarias cuyo ámbito de actuación principal exceda de una comunidad autónoma (caso de Cajastur a través de Liberbank) lo ejercerá el Ministerio de Economía y no el Gobierno autonómico.