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"Cangas de Onís está con la soga al cuello por la compra irregular del Cine Colón", asegura Vox

La formación que encabeza en el concejo Ángel Díaz Tejuca sostiene que no cabe otra interpretación judicial que la de devolver el edificio a sus antiguos dueños y que estos reintegren el dinero al Ayuntamiento

Ángel Díaz Tejuca y Santiago Abascal.

Ángel Díaz Tejuca y Santiago Abascal. / Cedida a LNE

Ramón Díaz

Ramón Díaz

Cangas de Onís

El fallo judicial que anuló la compra del Cine Colón ha dejado al Ayuntamiento de Cangas de Onís con lo que el portavoz de Vox, Ángel Díaz Tejuca, describe como "la soga al cuello". La sentencia, recurrida con éxito por la formación que preside Santiago Abascal, no admite, a juicio de los demandantes, otra interpretación que la restitución pura y simple: el cine vuelve a sus antiguos dueños y el Consistorio recupera el dinero abonado, 855.000 euros.

El meollo del conflicto, sin embargo, no se agota en la aplicación de un artículo que obliga a la devolución recíproca de las prestaciones. Díaz Tejuca incide en un vicio de origen: la secretaria municipal omitió certificar la firmeza del acuerdo plenario que autorizó la adquisición directa del inmueble. Esa omisión, que el portavoz califica de "negligencia", permitió elevar a escritura pública una operación que, según el concejal de Vox, aún no era firme. Y el notario dio por válido un trámite que, según esta formación, nació ya "extemporáneo".

Más problemas que soluciones

A partir de ahí, la estrategia municipal para sortear la anulación judicial ha generado, en palabras del portavoz de Vox, más problemas que soluciones. Los acuerdos plenarios de septiembre y noviembre, aprobados con los votos favorables del equipo de gobierno y los votos particulares de Vox, pretenden definir un modo de ejecución de la sentencia que, a criterio de los recurrentes, corresponde exclusivamente a la jueza. Esa interpretación unilateral ha llevado a la formación a solicitar a la magistrada que explore la vía penal.

El portavoz señala directamente al alcalde, José Manuel Díaz Castro (PP), por incluir en el orden del día puntos "a sabiendas de la ilegalidad", y a la secretaria, por su papel en la certificación defectuosa. También a los concejales que respaldaron los acuerdos, del PP y del PSOE, pues lo hicieron, según sostiene Díaz Tejuca, "con pleno conocimiento de su posible ilicitud". La formación no descarta acudir a la vía penal por su cuenta si la jueza no aprecia indicios delictivos.

Interpretación "interesada"

Vox, por otro lado, ha presentado unas extensas alegaciones ante la jueza, en las que acusa a la Corporación municipal de intentar eludir el cumplimiento de la sentencia firme que anuló la compraventa del edificio que albergo el Cine Colón. Según la formación política, el Ayuntamiento, lejos de acatar el fallo que declaró nulo el acuerdo plenario de julio de 2024, está realizando una interpretación "interesada" y "extemporánea" para evitar la anulación definitiva de la operación.

El edificio del Cine Colón, en Cangas de Onís.

El edificio del Cine Colón, en Cangas de Onís. / J. M. Carbajal

El núcleo del conflicto reside en la naturaleza de la nulidad declarada. La sentencia de 4 de julio de 2025 estimó el recurso interpuesto por Díaz Tejuca, y anuló el punto del acta plenaria que aprobó la compra directa del inmueble "por no ser conforme a Derecho". Vox sostiene que la juez declaró una nulidad de pleno derecho, lo que implica que el acto es inválido desde su origen.

Un "quiebro judicial inexplicable"

Sin embargo, en un auto posterior de octubre de 2025, la misma magistrada señaló en su fundamentación que no se había declarado esa nulidad radical, sino la anulabilidad del acto, un vicio subsanable que permitiría al Ayuntamiento retroceder el procedimiento al momento anterior al defecto –la falta de un informe preceptivo de la Consejería de Cultura– y subsanarlo.

Según el criterio de Vox, este "quiebro" judicial es "inexplicable" y supone una "insalvable contradicción" con el fallo original. En las alegaciones, la formación reproduce textualmente la parte dispositiva de la sentencia anulando la compraventa, y argumenta que es "nítida, diáfana y meridianamente clara".

Afirma que en ningún pasaje del fallo se emplea la palabra "anulabilidad" y que la administración municipal, al no recurrir en su día una sentencia que le era desfavorable, no puede ahora "alterar a su libérrimo antojo" su contenido durante el trámite de ejecución. Alegan vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y del principio de igualdad de armas procesales.

Un hecho clave

La controversia se complica por un hecho clave: la compraventa se materializó en una escritura pública notarial el 18 de septiembre de 2024, antes de que la sentencia ganara firmeza. Vox tacha este otorgamiento de "extemporáneo" y "radicalmente nulo". Arguye que, al haberse ejecutado materialmente el acto anulado, la vía de la convalidación o retroacción que plantea el Ayuntamiento es ya "absurda" e "imposible". La solución legal, a juicio del edil de Vox, es la que prevé el Código Civil para los contratos nulos: la restitución recíproca de las prestaciones, es decir, que el Ayuntamiento devuelva el inmueble y los vendedores, el dinero.

Además, la formación pone en duda la solvencia del informe de valoración del inmueble de 2024, que el Consistorio se limitó a "declarar vigente" en 2025. Díaz Tejuca alega que este informe se basó en datos "objetivamente contradichos por documentación pública oficial" conocida, por lo que su ratificación sin un nuevo análisis técnico constituiría un "error manifiesto" e "infracción del principio de buena administración".

En manos de la jueza

El Ayuntamiento, por su parte, defiende en sus escritos que la sentencia declaró la "anulabilidad" y no la anulación de pleno derecho, lo que abre la puerta a la subsanación del defecto procedimental. Considera que, con la aportación del informe faltante, se da cumplimiento al fallo y se satisface el interés público de adquirir el cine.

La jueza encargada del caso debe ahora resolver este incidente de ejecución, decidiendo si el cumplimiento de la sentencia pasa por una corrección en el procedimiento administrativo o por la anulación total del contrato. La resolución podría llevar el caso a instancias superiores, incluido el Tribunal Constitucional, ya que Díaz Tejuca advierte de una posible vulneración de derechos fundamentales y no descarta solicitar amparo.

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