El fiscal pide 2 años de cárcel para un conductor que hirió de gravedad a un nonagenario al llevarse por delante la terraza de una cafetería en Oviedo

El acusado se subió a la acera a gran velocidad y arrastró las sillas y las mesas del establecimiento, situado en el barrio de Pumarín

Vista exterior de los Juzgados de Llamaquique.

Vista exterior de los Juzgados de Llamaquique. / LUISMA MURIAS

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita dos años de cárcel para un conductor que hirió de gravedad a un nonagenario tras perder el control de su coche y llevarse por delante la terraza de una cafetería en el barrio de Pumarín. El acusado, que se subió a la acera "a gran velocidad", huyó del lugar después del accidente, aunque no se ha podido constatar si en aquel momento era consciente de que había un herido.

Los hechos ocurrieron el día 27 de 2020 sobre las doce menos veinte de la mañana. La Fiscalía sostiene que a esa hora el conductor circulaba por Pumarín con un BMW modelo 530-D propiedad de un tercero. Según el escrito del ministerio público el acusado se incorporó a la plaza Luis Ruiz de la Peña (Plaza de Las Palomas) procedente de la Avenida del Mar y, "debido a que lo hizo a una velocidad excesiva", no controló el vehículo y se salió de la calzada por el lado derecho. A consecuencia de ello, "saltó el bordillo, se subió a la acera y arrastró con su coche las sillas y mesas de la terraza de la cafetería". Tras circular durante unos diez metros por encima de la acera, "volvió a la carretera, aceleró fuertemente el vehículo y huyó del lugar a toda velocidad por la calle Joaquín Costa".

Por la acera transitaba en ese instante el peatón que resultó herido de gravedad, que cayó al suelo al ser derribado por el mobiliario de la cafetería. A consecuencia de la caída resultó con lesiones de las que tardó en curar 129 días, 24 de ellos de hospitalización. El hombre falleció el 4 de mayo de 2021 por causas ajenas a estos hechos. El propietario de la cafetería ha renunciado a cuantas acciones pudiera corresponderle.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de conducción temeraria del Código Penal, en concurso con un delito de lesiones por imprudencia grave. El acusado, y como responsable civil directo y solidario la compañía de seguros, y subsidiario el propietario del vehículo, indemnizará al SESPA por los gastos de la asistencia sanitaria prestada al lesionado si no estuvieran incluidos en el convenio de los servicios de salud con las compañías aseguradoras. También tendrá que indemnizar a los herederos legales del nonagenario con 9.301,80 euros por lesiones.