A prisión 17 años, la pena por maltratar, amenazar y abusar de su pareja en Avilés

"Llegó a agarrarla fuertemente del cuello, darle bofetones, obligarla a mantener relaciones sexuales y proferirle insultos", según la Fiscalía

Un acto contra la violencia de género celebrado el año pasado en  Avilés. | Mara Villamuza

Un acto contra la violencia de género celebrado el año pasado en Avilés. | Mara Villamuza / M. Mancisidor

Myriam Mancisidor

Myriam Mancisidor

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita penas que suman 17 años de prisión para un procesado por maltratar, amenazar y agredir sexualmente a su pareja, con la que convivía en Avilés. La vista oral se celebró ayer en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.

El Ministerio Fiscal sostiene que, desde el año 2021, momento en el que el procesado y la víctima empezaron una relación sentimental y de convivencia en Avilés, "eran constantes las discusiones y actos de control que el hombre ejercía sobre su pareja, desarrollando así un patrón conductual de superioridad machista, evidenciando su ánimo de dominación sobre ella y de desprecio por su condición de mujer". Y prosigue el Ministerio Público: "En muchas de estas discusiones, el procesado llegó a agarrarla fuertemente del cuello, darle bofetones, obligarla a mantener relaciones sexuales y proferirle insultos y amenazas", según el escrito.

Por auto dictado el 23 de julio del año 2021 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Avilés se acordó la prohibición al procesado de aproximarse a menos de doscientos metros a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma, así como de comunicarse con ella por cualquier medio de comunicación escrito, verbal o visual, informático o telemático. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de maltrato habitual, un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género y un delito continuado de agresión sexual. Concurren, precisan, las agravantes de género y parentesco para el delito de agresión sexual.

Y solicita el Ministerio Fiscal que se condene al procesado por el delito de maltrato habitual a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la privación del derecho a porte y tenencia de armas durante cinco años, y las prohibiciones de aproximación a menos de 200 metros de la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, y de comunicación por cualquier medio informático, telemático o de comunicación, ambas prohibiciones por un plazo de seis años. Y añade, por el delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género la pena de un año de prisión, otro año más por el delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género y doce años en total por el delito continuado de agresión sexual, según el informe remitido por la Fiscalía del Principado.

El procesado deberá indemnizar a la víctima con 1.340 euros por las lesiones sufridas y con 10.000 euros en concepto de daños morales, más los intereses legales correspondientes.