El Gordo que se lleva Hacienda en Asturias: 26,6 millones en impuestos a los agraciados

El Fisco retiene 72.000 euros de cada décimo del primer premio y 8.000 de cada participación del Club Atletismo Mieres | Los cuartos y quintos premios están exentos

El Gordo que se lleva Hacienda en Asturias: 26,6 millones en impuestos a los agraciados

El Gordo que se lleva Hacienda en Asturias: 26,6 millones en impuestos a los agraciados

Pablo Castaño

Pablo Castaño

La suerte ha sonreído a Asturias en el sorteo de Navidad. En Moreda, en Mieres, en Oviedo, en Llanes o en Nava aún se está brindando por la lluvia de millones, pero no todo el dinero acabará en el bolsillo de los agraciados. La Agencia Tributaria se quedará en Asturias con más de 26,6 millones de euros. En el caso del Gordo, se comerá 72.000 euros por décimo. Como consuelo queda el viejo slogan de "Hacienda somos todos".

Según la Ley vigente, están exentos de tributación los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a esa cifra tributan respecto a la parte que exceda de los 40.000 euros. El porcentaje de retención que se aplica es del 20%.

Por ejemplo, los apostantes que compraron en Nava un décimo agraciado con el quinto premio no tienen que rendir cuentas con Hacienda. Su premio por décimo es de 6.000 euros (300 euros por cada euro jugado), lejos de los 40.000 euros del tope. Lo mismo ocurre con los que compraron un décimo en Llanes o en Oviedo agraciado con el cuarto premio. En este caso el premio por décimo es de 20.000 euros (1.000 euros por cada euro jugado), lejos también del tope de los 40.000 euros exentos.

No ocurre lo mismo con los apostantes que tengan décimos del Gordo vendidos en Moreda u Oviedo. En este caso el premio por décimo es de 400.000 euros (20.000 euros por euro jugado), muy por encima del máximo exento de 40.000. La base de retención es de 360.000 euros (400.000 euros menos los 40.000 exentos) y sobre ella se aplica el 20%. Con lo cual, Hacienda se llevará 72.000 euros y al premiado le quedarán 328.000 euros para dedicarlos a lo que quiera.

Buena parte del Gordo se ha vendido en Asturias en participaciones. El Club Atletismo Mieres vendió 1.720 papeletas en las que el portador jugaba cuatro euros. A estos jugadores también les afectará la retención de Hacienda. El premio por participación es de 80.000 euros (20.000 por euro jugado). En este caso la base de retención es de 40.000 euros (80.000 euros menos los 40.000 exentos) y sobre ella se aplica el 20%. Por lo tanto, Hacienda se llevará 8.000 euros y al premiado le quedarán limpios 72.000 euros.

La Ley establece que los perceptores de los premios soportarán la retención en el momento del cobro, con lo que nunca llegarán a tocar ese dinero que se queda Hacienda. El organismo pagador del premio, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), es quien aplica la retención. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación, ya habrán cumplido con Hacienda.

Según destaca la Agencia Tributaria, es la SELAE quien debe de proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, los que sean superiores a 40.000 euros por décimo, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades.

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, clubes, cofradías...), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 euros que están exentos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación. Quien proceda al reparto del premio, que figurará como beneficiario único (o como gestor) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.

Si no se puede acreditar que el décimo ha sido comprado entre varios y se decide posteriormente repartir el premio, se estará produciendo una donación del titular del boleto a los demás participantes, y se deberá tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

En el supuesto de que un apostante gane varios premios menores que sumen más de 40.000 euros en total (por ejemplo tener tres décimos del cuarto premio vendido en Llanes, lo que sumaría un botín de 60.000 euros) no habría que pagar a Hacienda, ya que tributan por separado y ninguno de los premios supera de forma independientemente la barrera de los 40.000 euros exentos. Los agraciados no tenderán que engordar al principal premiado en Asturias: la Agencia Tributaria.

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